BASES DE LA CONTRATACIÓN
Artículo 1. Objetivos.
La Administración del Mercado Eléctrico (ADME) llama a equipo profesional multidisciplinario para la contratación de Servicios de Prevención y Salud en el trabajo de acuerdo a las especificaciones que se establecen en estas Bases.
El objetivo del servicio a contratar es la implementación de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo de acuerdo a lo previsto por los Decretos 127/014 y 126/019.
Conforme a lo previsto por el artículo 2 del Dec. 126/019 que modifica el Art. 5 del Dec. 127/014, las empresas que tengan entre 5 (cinco) y 50 (cincuenta) trabajadores deberán contar con un servicio externo de prevención y salud en el trabajo, que deberá intervenir en forma semestral como mínimo. ADME tiene a la fecha del presente 18 empleados.
Artículo 2. Servicio a contratar.
El postulante deberá describir los trabajos a realizar ajustando su propuesta de trabajo para cumplir con la totalidad de lo establecido en la normativa vigente.
El oferente deberá contar con una experiencia comprobable en el rubro, de al menos 3 años.
Asimismo, deberá adjuntar una propuesta económica por sus servicios, que incluya todos los impuestos y gravámenes que resulten de aplicación y que por Derecho correspondan.
Artículo 3. Recepción y apertura de ofertas.
La recepción de ofertas es a partir del día 8 de setiembre de 2020 y deberán ser remitidas a la casilla de correo: rrhh@adme.com.uy. No se recibirán ofertas por otro medio.
Las consultas deberán remitirse a la casilla de correo: rrhh@adme.com.uy
La fecha de límite para entrega de ofertas es el día 22 de setiembre.
4.1 Descripción y Marco Normativo de ADME.
La Administración del Mercado Eléctrico (ADME) es una persona pública no estatal, creada por el Art. 4 de la ley No. 16.832, de 17 de junio de 1997, con el cometido de administrar el Mercado Mayorista de Energía Eléctrica y operar y administrar el Despacho Nacional de Cargas.
El marco legal y reglamentario de ADME es el siguiente:
Principales Leyes